Improcedente amparo contra la contabilidad electrónica: SCJN
El pasado 6 de mayo de 2016, la suprema corte asienta que el juicio de amparo contra las disposiciones del Código Fiscal de la Federación en materia de contabilidad electrónica es improcedente.
El análisis del proceso legislativo que culminó con la reforma de Diciembre de 2013, permite establecer que es improcedente conceder la suspensión contra el acto de aplicación del artículo 28, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, consistente en el deber impuesto a los contribuyentes de llevar en medios electrónicos los registros y asientos contables a los que se refieren las fracciones I y II del indicado precepto, en tanto que, de concederse, se afectarían de manera trascendental las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, al modificarse esencialmente la forma como se cumple con la obligación básica de llevar contabilidad y, con ello, el sistema en su conjunto, lo que ocasionaría perjuicio al interés social en mayor proporción al perjuicio que pudieran resentir los contribuyentes con su ejecución.
Lo anterior, aunado a que dicha obligación forma parte del conjunto de medidas fijadas por el legislador para avanzar en la simplificación administrativa mediante el empleo de mecanismos electrónicos para, por una parte, facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones y, por otra, agilizar los procesos de fiscalización, reduciendo sus plazos y costos de operación.
Es importante señalar que de acuerdo a esta tesis las fracciones I y II del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación se refieren a la obligatoriedad de llevar contabilidad; en tanto, que la III contempla que continúa la suspensión de no enviar la contabilidad.
Esta tesis se publicó el viernes 06 de mayo de 2016 a las 10:06 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 09 de mayo de 2016, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
Sentencia SCJN amparo improcedente contabilidad electronica (clic)
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