Pago referenciado para personas físicas desde septiembre
A partir de septiembre de 2012, todas las personas físicas pueden utilizar este servicio.· Es indispensable contar con la CIEC o la Fiel.El Servicio de Administración Tributaria SAT informa que, a partir de septiembre de 2012 todos los contribuyentes, personas físicas, pueden optar por utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos pago referenciado, para hacer los pagos correspondientes al mes de agosto de 2012 y subsecuentes.También a partir de septiembre, los contribuyentes, personas físicas, que en el ejercicio 2011 hayan obtenido ingresos superiores a 1,000,000 de pesos estarán obligadas a utilizar este servicio.Con el Servicio de Declaraciones y Pagos pago referenciado los contribuyentes primero envían la declaración al SAT a través de internet y en caso de resultar impuesto a pagar se genera la línea de captura para pagar en una institución bancaria, sin exceder el plazo establecido en dicha línea.El Servicio de Declaraciones y Pagos sustituye al Esquema de Pagos Electrónicos y tiene las siguientes ventajas para los contribuyentes:• Facilita el pago de impuestos en bancos al utilizar el servicio de depósito referenciado.• Facilita la presentación de las declaraciones al utilizar una aplicación que calcula el impuesto y contiene ayuda en línea.• Disminuye el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias debido a que presenta datos pre-llenados en la declaración.• Elimina la presentación de la declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago aviso en cero y la declaración de corrección de datos.Tratándose de personas morales, a partir del 2 de julio de 2012, deben presentar declaraciones complementarias para corregir o modificar las declaraciones que hayan presentado en el esquema anterior de pagos electrónicos. Las aplicaciones de avisos en ceros y de corrección de datos dejan de operar para evitar duplicidades.Para utilizar el servicio de pago referenciado es necesario contar con CIEC o Fiel, si el contribuyente no cuenta con ella es necesario acudir a una oficina del SAT, previa cita.Para más información, los contribuyentes pueden consultar en sat.gob.mx.