Microempresas usando flujo de efectivo para ISR en 2017
Las personas morales integradas por personas físicas, con ingresos 2016 que no excedan de $5,000,000 pueden optar por tributar por acumulación al cobro (flujo de efectivo) en lugar de utilizar el coeficiente de utilidad (CU) de acuerdo al art. 196 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Las personas morales que quieran acogerse a esta disposición, deberán dar aviso al SAT antes del 31 de enero de 2017, utilizando la siguiente ruta en la página del SAT:
1. Ingresar a www.sat.gob.mx
2. Dar click en TRÁMITES.
3. Dar click en RFC.
4. Ingresar a aumento o disminución de obligaciones.
5. Anotar RFC y Contraseña.
6. Llenar el cuestionario de acuerdo a sus actividades.
7. Al llegar a la pregunta opta por declarar en base a
+ Coeficiente de utilidad
+ Flujo de efectivo (acumulación al cobro)
Se deberá marcar la opción flujo de efectivo
8. Terminar de llenar el cuestionario
9. Obtener acuse de recibo de la modificación efectuada.
10. Finalizar la sesión.
Esa actualización al aumento o disminución de obligaciones, hará las veces de aviso al SAT, para tributar de esa manera durante 2017, los pagos provisionales de ISR Personas Morales.
Recuerde que esto se debe realizar a más tardar antes del 31 de enero de 2017 y la fecha de la modificación debe ser 1 de enero de 2017.
DOF – Diario Oficial de la Federación 31-11-2016 ISR IVA ISAN